28 noviembre, 2023

«Regulaciones Electorales para el 29 de Octubre: Lo que Necesita Saber»

«Regulaciones Electorales para el 29 de Octubre: Lo que Necesita Saber»

«Regulaciones Electorales para el 29 de Octubre: Lo que Necesita Saber»

A medida que nos acercamos al proceso electoral de este 29 de octubre, la Registraduría Nacional ha emitido una serie de recomendaciones y normativas que buscan garantizar el adecuado desarrollo de las elecciones. Desde plazos para la propaganda electoral hasta restricciones en los recintos de votación, estas directrices buscan que la jornada transcurra sin inconvenientes.

Propaganda Electoral en Medios

Según el anuncio de la Registraduría Nacional, la propaganda política pagada en medios de comunicación solo podrá realizarse hasta el 27 de octubre de 2023. Este es un aspecto crucial para que los partidos políticos y candidatos ajusten sus estrategias de comunicación y aseguren que sus mensajes sean transmitidos de forma efectiva antes de la fecha límite.

Manifestaciones y Actos de Carácter Público

De acuerdo con el artículo 3 del Decreto 1702 expedido el 20 de octubre del 2023, las manifestaciones y actos de carácter público solo se podrán ejercer en recintos cerrados desde el 23 al 30 de octubre del 2023. Este es un punto importante para prevenir desordenes y garantizar la seguridad durante el periodo electoral.

Restricciones el Día de las Elecciones

El día de las elecciones, el 29 de octubre, estará prohibida cualquier forma de propaganda electoral, comunicados, y entrevistas en medios de comunicación, como lo establece el artículo 4 del mismo decreto. También estarán prohibidas la propaganda móvil, estática o sonora, así como la colocación de carteles, pasacalles y vallas.

Testigos Electorales

Los testigos electorales debidamente acreditados podrán ingresar a las 7 de la mañana al puesto y mesa de votación y podrán permanecer hasta cuando concluyan los escrutinios de las mesas, según el artículo 6 del decreto 1702.

Uso del Teléfono Celular

De acuerdo con el artículo 7 del decreto, no se permitirá el uso del teléfono celular ni cámara en los puestos de votación entre las 8 de la mañana y las 4 de la tarde, con dos excepciones: el ciudadano que porte cédula digital y cuando culminen las elecciones y los escrutinios de mesa.

Con la proximidad de las elecciones del 29 de octubre, la Registraduría Nacional ha emitido una serie de recomendaciones y directrices que son fundamentales para el adecuado desarrollo de este evento cívico. Desde la publicidad electoral hasta la participación de testigos y la prohibición de ciertas actividades, es crucial estar al tanto de estas regulaciones para ejercer nuestro derecho al voto de la manera más informada y responsable posible.

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